miércoles, 16 de septiembre de 2020

(II) La Abogacía. Una profesión en plena efervescencia: Del papel y archivador al mundo digitalizado. ELECCIÓN DEL ABOGADO ATRAVÉS DE UN “CLICK”.

 

Señalaba el presidente del Gobierno de España, en una reciente comparecencia parlamentaria, que una de las medidas para la recuperación económica, era una revolución digital. Sin duda, el ciudadano medio no encuentra el remedio a la actual situación de crisis sanitaria en un puesto de trabajo en el que le dicen venga hoy y mañana ya veremos, en el que todo lo más se le señala el teletrabajo, cuando no hay detrás una buena preparación ni coordinación. Mientras tanto, observamos una progresiva destrucción de empleo y de riqueza sin precedentes. Nadie se salva en esta situación, ni tan siquiera aquellos funcionarios de vieja escuela, más cercanos a una dorada jubilación tras un sinfín de años de dedicación y esfuerzo a lo público, ni tampoco el abogado ni el procurador, que ven como los clientes tienen una cada vez mayor dificultad en contratar sus servicios, aún cuando los mismos son ahora más necesarios que nunca. Sin embargo, los efectos de una grave crisis sanitaria, se expande por nuestra economía, y provoca nuevas formas de interacción social y en el trabajo.

Los Despachos de Abogados se han visto obligados a dar un paso hacia la digitalización, en aras a mejorar el servicio ofertado. Un gran esfuerzo que trata de vencer las dificultades, cara a evitar un posible contagio de coronavirus, y no bajar la calidad en la oferta de servicios al cliente, que es la justificación de los Despachos. Así, han sido distintos los frentes a los que se ha ido respondiendo por nuestro Despacho, y que queremos compartir con el lector:

(1)  La digitalización, optando por medios sencillos y extendidos en su uso, que permitan un contacto con clientes de forma sencilla, como por ejemplo la aplicación WhatsApp Web, muy extendida en su uso. Al fin y a la postre, podemos optar por el teletrabajo, pero existe el peligro de extender el horario de trabajo más allá de un horario lógico, por lo que debemos educar al Cliente en aras a la urgencia de su asunto, y a un horario de atención por teléfono.

 

(2)  Publicidad, tan necesaria para estar posicionado en RRSS, con anuncios que definan de forma sencilla la carta de servicios del Despacho, y que permitan conectar con potenciales clientes. Supone un pequeño esfuerzo económico, unido a otras que ya estamos haciendo (bases de datos, programas…), pero debe hacerse, dentro de nuestras posibilidades, unido a una web corporativa de nuestro Despacho. En el Despacho, actualmente, tenemos una campaña activa en Google Adwords con un pago tope mensual, y en dicho anuncio hacemos un redireccionamiento a una web http://www.urbavital.com la cual, ya muestra de forma más pormenorizada nuestra oferta de Servicios, y un mayor control de contacto con el potencial cliente (se facilita dirección, correo electrónico, teléfono del Despacho….).

 

(3)  Tener un blog del Despacho, poder posicionarlo y actualizar contenidos. Un servidor tiene un blog ( http://carlosminguezoliva.blogspot.com/ ) desde el año 2012. Decir que, cuando comencé escribiendo en el mismo, lo comenté con un buen colega y amigo, el cual, simplemente, me decía que era una pérdida de tiempo. Escribiendo sobre el particular de delitos económicos, hice varias publicaciones en el blog. Con el citado compañero, hicimos una colaboración a través de una lectora de mi blog, la cuál nos supuso trabajo, y una facturación compartida por ambos; todo lo cual hizo productivo económicamente mi esfuerzo en el blog, cambiando la opinión de mi colega.

 

(4)  Sobre el almacenaje y procesamiento de textos, surgen las nubes, aunque yo recomiendo tener también una buena memoria externa, sobrada de capacidad de almacenaje, y en la que podamos ir recopilando como doble copia todos nuestros expedientes. A la vez, es habitual el implantar un programa de gestión y contabilidad de Despachos. Dicho producto se ofrece, conjuntamente, con Bases de Datos de distintas firmas dedicadas a documentación y datos jurídicos (Aranzadi, La Ley, Francis Lefebvre, VLex, Tirant…). Todas son buenas firmas, sin duda, y tienen bastante respaldo en un gran número de doctrina de grandes autores y sentencias. Otra cosa es que el manejo de dichas bases de datos nos sea más o menos sencilla, y para ello, no hay otra solución que probar, e ir descartando, hasta dar con la que nos cuadre por calidad y por precio. Sobre los programas de gestión, decir que suponen un gran esfuerzo a la hora de introducir datos y documentos en cada expediente del programa de gestión, si bien, son un archivador de gran ayuda, pero corremos un peligro cierto, y es que el tiempo que empleemos en introducir datos, nos hará depender del citado programa de gestión, esto es, depender del pago de una cuota mensual del servidor o editorial jurídica propietaria del citado programa. Personalmente, siempre trato de huir de un coste fijo, y más cuando soy consciente de que me atrapa el mismo, como en este caso.

 

(5)  Sobre las reuniones telemáticas o videoconferencias, decir que son un adelanto. Las he visto sencillas hasta que me tocó ser el organizador en una Junta de Delegados de una Entidad Urbanística (Junta de Compensación), con cinco miembros de forma presencial en mi Despacho y cuatro en remoto. Un totum revolutum, con varios vocales que hablaban de forma simultánea tras sus mascarillas, miembros en remoto que no oían o que mantenían abierto su canal de audio cuando no tenían turno de palabra, lo cual distorsionaba el audio, etcétera…. En definitiva, una hora y media de estrés en la sala de juntas del Despacho que al menos, me llevó a dotar dicha sala de mejor equipo de cámara y micrófonos, optando por Microsoft Teams, aun cuando muchas reuniones en las que participamos también sean a través de la plataforma Zoom.

 

(6)  Charlas telemáticas. He acudido (conectado a través del ordenador) a un sinfín de charlas telemáticas (on line) durante estos meses de crisis sanitaria: No digo que sean cursos, porque considero que un curso supone algo más que una charla telemática, tal como hacer un trabajo o un examen o control de conocimientos, pero dadas las dificultades, estas charlas son muy necesarias ante el gran volumen legislativo, y han irrumpido con fuerza, y creo que han llegado para quedarse, y son una magnífica forma de publicitar los despachos, y una oportunidad de interactuar. Destaco en estas plataformas de contenido, al Ilustre Colegio de Abogados de Barcelona (ICAB) con lo que denominan “cápsulas vídeo formativas” en la que participan un gran número de profesionales (abogados, jueces, fiscales, procuradores….), muchas de ellas con la participación de su decana, doña María Eugenia Gay, lo cual ha reportado un mayor prestigio tanto al ICAB como a su Decana. Destaca también, en menor medida, el Ilustre Colegio de Abogados de Murcia (ICAMUR) que reaccionó a esta iniciativa del ICAB, y lanzó las denominadas “píldoras formativas”. El acierto del ICAB fue ser pionera, y hacer dichos vídeos abiertos a todo el público, y fácilmente localizables a través de Youtube o Vímeo. Por contra, las “píldoras” del ICAMUR debían de hacerse a través de la web corporativa, empleando una contraseña de acceso, lo cual, dio una mayor difusión a los vídeos formativos del ICAB, lo que también supone una amplia difusión y publicidad para los intervinientes en dichas "cápsulas".

 

(7)  Sobre los pagos telemáticos (on-line), destaco un cada vez mayor uso de plataformas de pago. En ello me llama la atención como he podido hacer pagos (a la primera, sin dificultad alguna) a organismos públicos como son la Seguridad Social, la Agencia Tributaria, o servicios de recaudación municipales, mientras tanto, LexNet sigue llena de dificultades, “colgándose” y con dificultad en las comunicaciones. Cuestión de prioridades….

 

(8)  Colaboraciones entre Despachos. Cada vez más necesarios, ante la necesidad de tener un alto nivel de especialización, y poder compartir sinergias de experiencia y conocimiento.

 

(9)  Comercio digital. Se han creado términos como la “uberización” de los servicios jurídicos (definir y cuantificar el coste de servicios ofertados), el abogado “a golpe de un click” (trámites sencillos y estandarizados, como reclamaciones a Bancos, abogados para asistencias sencillas: alcoholemias, redacción de contratos simples….). Estos servicios se extienden y suponen un ingente volumen de trabajo para muchos despachos. No es el abogado dedicado a asuntos con mayor complejidad, al que poco a poco va desgastando un sistema judicial lento y colapsado. Así, emerge el abogado “a golpe de click”, y los grandes despachos On Line, en lo que se ha convertido en una nueva selva “Amazónica”….

 

(10)       Cercanía al abogado, la familiaridad o conocimiento en reputación social del profesional es importante, pero ya no lo es todo. Se abre el amplio espectro del actual mundo jurídico, y debe llevar a una elección inteligente del profesional basado en la especialización, éxito del mismo, y coste del servicio. Crecer en un mundo moderno y actual, es exigente y también harto difícil, lo cual, debe llevarnos hacia un cliente potencial, en el empleo de nuevas herramientas. Así, en un mundo cada vez más digitalizado, y de inmediatez en la respuesta, se acude a la red digital o internet para obtener una respuesta concreta a un asunto concreto. El cliente -online o de la era digital, exige que se le diga coste y planteamiento del asunto lo antes posible, y ante un asunto que no es en sí complejo, delegar el asunto en un despacho, cuyos los honorarios profesionales quedarán fijados antes de la contratación, y siendo por un servicio concreto.

Todo cambia, nos decía Heráclito de Éfeso (“Nadie se baña dos veces en el mismo río”), pero hoy día es, si cabe aún más, a un ritmo acelerado. Así, saber del uso de herramientas digitales, crear un perfil en RRSS y una cartera de servicios de nuestro Despacho, es necesario, implementando un concepto de Legal Project Management en la gestión eficaz de nuestro Despacho.



Carlos Mínguez Oliva, abogado del Ilustre Colegio de Abogados de Murcia.- ICAMUR, con despacho profesional en Murcia (C.P. 30.001), calle Marín Baldo, 1. 2º entresuelo. 
Cita Previa  968355013
http://www.urbavital.com

viernes, 10 de julio de 2020

( I ) La Abogacía. Una profesión en plena efervescencia. Una apuesta de futuro.




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Apuesta a futuro supone considerar que la Abogacía seguirá teniendo un campo cada vez más demandado, basado en el trato al cliente y la excelencia. Si algo nos ha enseñado esta crisis sanitaria, es la necesidad de reinventarse en las relaciones interpersonales y profesionales, pero sin dejar de tenerlas. Siendo seres sociales, débiles y finitos en el tiempo, implementar nuevas tecnologías en el despacho, no deja de ser una necesidad. Los que andamos ya por los 50, aún recordamos los repertorios de jurisprudencia en grandes tomos, clasificados por años, y habiendo observado una sustitución progresiva de los mismos en CD´s, hasta llegar a la actual progresión de ofertas editoriales en servidores on line, en el que el pago periódico de una cuota, abre al abogado, un mundo infinito de conocimiento, con un sinfín de material jurídico basado en el apoyo en la nube.

Así, digitalizar despachos, implementar encuentros digitales, reportes constantes por medios telemáticos, etcétera...., no logra fidelizar al cliente del Despacho, si detrás no hay un conocimiento de sus necesidades, su situación, y un trato personalizado. Saber valerse de medios novedosos, controlar los costes, y ofertar un producto y servicio competitivo nos hará llegar a la meta anhelada, en un mundo cada vez más competitivo.

Carlos Mínguez Oliva, abogado del Ilustre Colegio de Abogados de Murcia.- ICAMUR, con despacho profesional en Murcia (C.P. 30.001), calle Marin Baldo, 1. 2º entresuelo. 
Cita Previa +34 968355013
http://www.urbavital.com


viernes, 29 de noviembre de 2019

LEGAL PROJECT MANAGEMENT VERSUS CAPTACIÓN DE NUEVO CLIENTE

CAPTACIÓN DE CLIENTES EN UNA DEFINIDA PROPUESTA DE SERVICIOS. 


En el despacho, venimos comprobando que el Cliente, cada vez más, trata de tener definidos los objetivos, servicios y costes antes de contratar. Este nuevo modelo que llega de la mano de los medios digitales, y se llega a denominar la "uberización" de los servicios jurídicos, parte de una necesidad del Cliente, el cual ha de contarnos su problema acompañando la documentación necesaria que objetivice el mismo, y pudiendo comprobar que el Despacho puede servirle u orientarle y que, previa a la contratación, se puede definir el servicio a prestar bajo un coste cierto, y siendo deseable un cronograma u orientación en el tiempo de resolución, si bien, el sistema judicial español no es garante en este punto.



Nuestra apuesta, como Despacho, y antes de contratar nuestros servicios, es atender de forma dinámica y en el menor plazo posible (compromiso de contestación en 24 horas, en días hábiles), cualquier duda o cuestión que se nos plantee, para lo cual, indicamos como una forma preferente de comunicación, la de nuestro  correo electrónico, ante un nuevo y potencial cliente urbavital@gmail.com 


Con ello, tratamos de optimizar costes, con un ahorro cierto de tiempo para todos, y sin necesidad de concertar una cita en la agenda de nuestro Despacho ni, por tanto, tener que soportar la persona que nos plantea una cuestión, problema o duda, ningún coste inicial.


Nuestra apuesta por el Legal Project Manegement es clara, promoviendo un marketing pro-activo en captación de clientes, sin que éste sienta que se compromete mientras no esté verdaderamente convencido, y bajo unas premisas ciertas de contratación. 


Carlos Mínguez Oliva (colegiado ICAMUR) tiene su Despacho de Abogados en Murcia (C.P. 30001), calle Marín
 Baldo, 1. 2º entresuelo. Teléfono Cita Previa 968355013



sábado, 29 de diciembre de 2018

LA LIBRE VALORACIÓN DE LA PRUEBA




            El ciudadano tiene derecho a la tutela judicial efectiva, a un proceso justo y sin dilaciones indebidas, y aportar cuántas pruebas considere necesarias para respaldar sus argumentos, previa admisión por el órgano oportuno.


Así, el juez que decide lo que considera más razonable, después de un sosegado análisis de las razones en pro y en contra de cada opción, sigue siendo un juez que decide discrecionalmente. Las personas elegimos, optando entre varias alternativas al respecto, eligiendo lo parece mejor y más conveniente en cada momento. Pero no por tal propósito ni por lo reflexivo de la elección deja de haber en la opción elegida un componente subjetivo, discrecional, valorativo y personal. 


      La discrecionalidad significa que hasta el juez que se crea más objetivo, imparcial, justo y fiel al Derecho tiene que decidir con márgenes de incertidumbre y con un insoslayable componte de subjetividad, dando con la decisión que estime más apropiada y más equitativa para las partes, pero sin un elemento de contraste objetivo para comprobar si es esa la única solución correcta o la realmente más justa, por lo que entonces podremos reconocer la discrecionalidad judicial. 

        Y, es este conflicto de intereses, bien entre particulares, oposición a actos administrativos, o lucha contra calificación de hechos como delictivos, donde la figura del abogado se convierte en más importante para el cliente, justiciable o demandante de Justicia. El abogado, con su capacidad y dedicación, es el que acercar al juzgador a una visión más o menos favorable para los intereses en conflicto dentro de los sanos márgenes de discrecionalidad que permite la libre valoración de la prueba.

viernes, 27 de julio de 2018

Elementos del delito de estafa.


Señala el artículo 248 del código penal español que "1. Cometen estafa los que, con ánimo de lucro, utilizaren engaño bastante para producir error en otro, induciéndolo a realizar un acto de disposición en perjuicio propio o ajeno.", a continuación añade: "2. También se consideran reos de estafa: a) Los que, con ánimo de lucro y valiéndose de alguna manipulación informática o artificio semejante, consigan una transferencia no consentida de cualquier activo patrimonial en perjuicio de otro. b) Los que fabricaren, introdujeren, poseyeren o facilitaren programas informáticos específicamente destinados a la comisión de las estafas previstas en este artículo.; c) Los que utilizando tarjetas de crédito o débito, o cheques de viaje, o con los datos obrantes en cualquiera de ellos, realicen operaciones de cualquier clase en perjuicio de su titular o de un tercero.".
Con esta definición legal del código penal, podemos encontrarnos con situaciones en las que haya una línea de hechos entre una estafa o un dolo civil, habiendo una reiterada jurisprudencia que degrada la estafa del ámbito penal a un dolo civil. Es decir, actuaciones que aún teniendo una evidente mala fe en la actuación de quién las ejerce, no llegan a tener los elementos necesarios para su consideración dentro del ámbito penal como estafa, con la consideración que lleva implícita, ya que un abogado deberá velar en todo momento por el éxito del asunto que le ha sido encomendado, sin preferir una instrucción penal, en la consideración de que la misma despejará las dudas sobre el ilícito penal a una acción civil, donde desde un inicio se fija la acción a ejercitar. Así, bajo mi humilde punto de vista, sometido a una mejor opinión en Derecho, entiendo que el abogado no debe lanzar una red con el fin de "pescar las pruebas" que le ayuden a definir el delito de estafa y sus elementos, máxime cuando la defensa de los intereses que representa pudieren llevarle a presentar una querella en la que no haya determinado con precisión todos y cada uno de los elementos que le definan encontrase ante unos hechos que vayan a ser considerados como estafa.
Para despejar esta línea, que podemos entender sútil en algunos casos, debemos ajustar los datos que describen los hechos del asunto a los elementos que reiterada jurisprudencia nos señala como definitorios de un delito de estafa. Así, la sentencia de la Audiencia Provincial de Granada 98/2010, de 15 de febrero de 2010, de 15 de febrero, recoge la reiterada jurisprudencia marcada en la Sentencia del Tribunal Supremo 411/2004, de 25 de marzo, señalando como elementos:
1) el engaño precedente o concurrente, plasmado en alguno de los artificios incorporados a la enumeración que el Código efectuaba, y hoy concebido con un criterio amplio, dada la ilimitada variedad de supuestos que la vida real ofrece;
2) el engaño bastante para la consecuencia de los fines propuestos, con suficiente entidad para provocar el traspaso patrimonial;
3) producción de un error esencial en el sujeto pasivo, desconocedor de la que constituía la realidad;
4) un acto de disposición patrimonial, con el consiguiente perjuicio para el sujeto pasivo;
5) el necesario nexo causal entre el engaño del autor y el perjuicio de la víctima con lo que el dolo del agente tiene que anteceder o ser concurrente en la dinámica defraudatoria (no se valora penalmente el dolo subsequens);
6) el ánimo de lucro, incorporado a la definición legal desde la reforma del año 1983.
La reciente sentencia número 151/2018 de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Murcia, de 20 de marzo de 2018, entendió como delito continuado de estafa agravada del artículo 248 y 250.1.6 del código penal (aprovechar la credibilidad o supuesta credibilidad del estafador al ser un empresario del sector de la hostelería, en relación a la apariencia de solvencia determinante del engaño que genera en las víctimas), y en la que con anterioridad a ejercer la acusación a través de una querella, nuestro Despacho recopiló los elementos de prueba necesarios, determinando los elementos característicos de una estafa, conforme al relato anteriormente referenciado. Así, tras una larga instrucción de la causa, llevaron a una sentencia condenatoria, la cual siempre es difícil cuando proviene de relaciones mercantiles entre las partes, y donde las defensas encuentran argumentos exculpatorios en situaciones de infortunio de sus defendidos, con parapetos en figuras mercantiles ideados con anterioridad a la estafa tales como sociedades pantalla y/o artificios de poner a un insolvente como administrador de la misma, los cuales busca el estafador para eludir una acción en su contra.
Nuestro despacho está especializado en delitos económicos como la estafa, siendo un referente de nuestro trabajo la implantación del compliance penal en empresas de servicios, las cuales deben protocolizar sus actuaciones, con el fin de chequear cualquier situación de conflicto. Nos puede localizar en Murcia (Carlos Mínguez Oliva. calle Marín Baldo, 1. 30.001 Murcia. Google Maps). Teléfono de contacto 968355013. 

lunes, 15 de enero de 2018

On buying your Spanish Home


On buying your Spanish Home

Our Branch Office in Murcia PRESENTATION:

We provide a very extensive service in these transactions, taking into account the vast expertise that we have in Urbanistic and Real Estate Law: •A thorough investigation of the urbanistic capability of the plot of land where a property is situated is carried out, as well as the possible effects of sectorial Laws, such as Coast Law. •The situation of the building licence is also studied in each individual case. •Investigation of the Title Deeds is carried out at the Land Registry Office, within in 24 hours, so that we can assure that the property is free of charges and encumbrances. •A full search of any possible outstanding amounts or debts will be carried out, with the view to achieve a purchase free of any kind of liabilities. •When a new property is being purchased, we will make sure that the payments are made via our client’s account, so that we can make sure that the bank guarantees are being issued in exchange for the payment. •Purchase contracts for all re-sales are prepared by ourselves. •We will organize the necessary documents with the Notary Public, including Powers of Attorney, where necessary, and will attend the signature of the Title Deeds at the Notary Office, accompanying the client, where detailed and personal translation of the documents will be provided. •We will take care of making all the required payments of taxes and costs derived from the purchase of the property are paid. •The utilities will be changed into the name of the purchasers, by our after sales Department. • We will be giving you the very best advice at all times.

Carlos Mínguez Oliva is a lawyer under Solicitor´s College in Murcia, licence number 4076 and branch office is in Murcia, C/ Marin Baldo, 1. 2º entresuelo. CALL TO +34.968.35 50 13. urbavital@gmail.com